La ley “Duarte” contra twiteros contraria a la legalidad: Derechos Humanos

 Regina Martínez

 


         JALAPA, Ver., 18 de octubre (APRO) Por considerarla contraria a los derechos de legalidad, seguridad jurídica, exacta aplicación de la ley penal y a la libertad de expresión, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma al Código Penal del Estado que tipificó el delito de “perturbación del orden público”.

 

         Así, la CNDH presentó hoy la acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma al artículo 373 del código penal veracruzano, aprobado el 20 de septiembre por el Congreso local, en el cual se adiciono el delito de perturbación del orden público, y publicado en esa misma fecha en la Gaceta Oficial del Estado.

         Con esta reforma, el gobierno de Javier Duarte decreto sanciones a quienes por cualquier medio “afirme falsamente” la existencia de aparatos explosivos, de ataques con armas de fuego o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud, “ocasionando la perturbación del orden público”.

         En el recurso presentado ante la SCJN, el organismo consideró que la reforma a la ley penal del estado resulta contraria a los derechos de legalidad, seguridad jurídica, exacta aplicación de la ley penal y la libertad de expresión tuteladas en la Constitución General de la República, y en diversos tratados internacionales de los que México es parte.

         De esta manera, subrayó que la libertad de expresión es un derecho esencial del ser humano que contempla dos vertientes, es decir, “la expresión del pensamiento propio y el derecho de conocer las opiniones, relatos y noticias difundidas por los demás”.

         El derecho a la información, precisó, se encuentra protegido en el ámbito internacional y al respecto la SCJN se ha pronunciado en diversos criterios jurisprudenciales.

         Además, señaló que en la norma controvertida no se precisa la conducta sujeta a sanción, “por lo genérico que resulta afirme falsamente”, ni tampoco se precisa el medio para tenerla por demostrada, porque establece, “por cualquier medio”, lo que quedaría al arbitrio del juzgador interpretar el alcance de esos conceptos.

         Por lo que, apuntó, “carece de los principios básicos de claridad, congruencia y precisión”, aunado a que el destinatario, “no estará en posibilidad de saber el motivo de esa prohibición, situación que resulta jurídicamente inadmisible e incompatible con el sistema o Estado de Derecho”.

         Ante ello, en un comunicado difundido esta tarde la CNDH reiteró su compromiso de asumir con firmeza la defensa de los derechos humanos a través de los medios que tiene a su alcance y hace explicito su respeto a las determinaciones que dicte la SCJN.

         La propuesta del titular del Ejecutivo estatal para adicionar al artículo 373 del Código Penal del Estado fue aprobada por la mayoría priísta en el Congreso local, luego de que el entonces procurador general de justicia, Reynaldo Escobar Pérez ordenó la detención y consignó a dos usuarios de las redes sociales por los delitos de “terrorismo y sabotaje” por haber difundido mensajes relativos a presuntos atentados del crimen organizado en escuelas de Veracruz—Boca del Rio.

         Ante el escándalo que genero este asunto entre los usuarios de twitter y Facebook que reprobaron la medida aplicada por el gobierno veracruzano contra María de Jesús Bravo y Gilberto Martínez, contra quienes una jueza de Pacho Viejo dicto el auto de formal prisión y estaba en proceso de determinar la sentencia de 4 a 30 años de prisión, dio marcha atrás.

         Y para ello, presentó la iniciativa de reforma a las leyes penales con la finalidad de “atenuar” la sentencia y, a través del delito de “perturbación del orden público”, los dos cibernautas podían obtener su libertad bajo fianza ya que las penas establecidas son de 2 a 4 años de prisión.

         Sin embargo, el entonces titular de la PGJE se desistió del juicio penal iniciado contra los cibernautas veracruzanos, por lo que obtuvieron su libertad y finalmente no fue necesario aplicarles los beneficios de la “nueva ley”, la cual fue presentada por el gobernador Duarte para tratar de “atenuar”  los delitos de “terrorismo y sabotaje” por el de “perturbación del orden público”.

 

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