La dignidad humana es el parejo valor que nos reconocemos las personas y en razón de la cual nos consideramos todos titulares de ciertos derechos fundamentales y acreedores a ser tratados con similar consideración y respeto, hasta el punto de entender que cada persona es un fin en sí misma y no un medio al servicio de otras o del Estado. Es por eso que ella –la dignidad humana− debería ser el valor superior del nuevo orden constitucional chileno. ¿Por qué superior? Porque no solo los derechos fundamentales sino también otros valores, tales como libertad, igualdad y solidaridad –que estarán también presentes en el texto de la nueva Constitución−, pueden ser remitidos o reconducidos al valor superior de la dignidad.
¿Por qué la dignidad? ¿Porque se trata de una palabra que volvió al lenguaje político y moral de los chilenos? ¿Porque le dio un nuevo nombre a una plaza capitalina que tenía ya dos, Baquedano e Italia? ¿Porque uno de los cánticos de las marchas de 2019 resonó fuerte diciendo que el pueblo estaba en la calle pidiendo dignidad?
No solo por eso. Entendimos, y no solo en Chile, que ella es “una propiedad distintiva de todo ser humano viviente” (Garzón Valdés), que “ostenta un lugar prominente en el discurso de los derechos humanos” (Habermas), y que ella es “la respuesta popular al cinismo de los que están en el poder” (Zizek). Asociada antiguamente a la noción de jerarquía de rango o estatus (de ahí que se hablara de la dignidad de ciertos cargos; por ejemplo, el de juez), hoy, en cambio, es una idea emparejadora según la cual “todas las personas pertenecen a un mismo y muy alto rango” (Waldron). En suma, “nadie es más que nadie” (Antonio Machado) y “no es posible ni deseable que desparezca la demanda de dignidad” (Fukuyama).PUBLICIDAD
La dignidad humana es el parejo valor que nos reconocemos las personas y en razón de la cual nos consideramos todos titulares de ciertos derechos fundamentales y acreedores a ser tratados con similar consideración y respeto, hasta el punto de entender que cada persona es un fin en sí misma y no un medio al servicio de otras o del Estado.
Es por eso que ella –la dignidad humana− debería ser el valor superior del nuevo orden constitucional chileno. ¿Por qué superior? Porque no solo los derechos fundamentales sino también otros valores, tales como libertad, igualdad y solidaridad –que estarán también presentes en el texto de la nueva Constitución−, pueden ser remitidos o reconducidos al valor superior de la dignidad. ¿Por qué todos titulares de unos mismos derechos? ¿Por qué titulares de unas mismas libertades? ¿Por qué todos iguales no obstante nuestras diferencias? ¿Por qué solidaridad entre todos los chilenos y no solo con los del círculo más cercano? Porque todos compartimos una común y pareja dignidad, con entera independencia de nuestro origen, nacionalidad, etnia, convicciones filosóficas, religiosas, políticas o de cualquier otro orden, género, sexo, condición social o económica o vicisitudes de la vida. Por lo mismo, si nadie carece de dignidad, nadie tiene tampoco mayor o menor dignidad que otros según sean las circunstancias exitosas o desfavorables de su existencia.
No fue fácil llegar a conclusiones como esas y tuvieron que pasar milenios antes de que concordáramos en ellas y nos reconociéramos obligados a practicarlas. El progreso moral de la humanidad ha sido siempre lento: sabemos, por ejemplo, que algunas declaraciones de derechos que precedieron a los modernos derechos humanos tuvieron carácter estamental, o sea, favorecieron no a todos, sino a determinados segmentos de la sociedad. Así, la Carta Magna inglesa de 1215, un documento de gran importancia en la historia de los derechos humanos, reconoció derechos únicamente a los nobles y señores de ese tiempo, quienes tuvieron que rodear el palacio real con un ejército de hombres a caballo para que el monarca Juan pusiera su firma en el documento.
¿En nombre de qué los derechos humanos llegaron a ser universales, esto es, de todos? En nombre de la dignidad humana, de esa propiedad distintiva de todos y no solo de algunos. ¿Por qué la soberanía popular ni el Estado pueden pasar sobre los derechos fundamentales que son hoy de todos? Otra vez, en nombre de la dignidad.
Fue en nombre de la dignidad, asimismo, que los pueblos de Chile cambiaron o despertaron a partir de la década pasada o, mejor aún, se mostraron. ¿Por qué no patentizarla ahora en el artículo primero de la nueva Constitución como el valor superior marco dentro del cual cobrará pleno sentido la opción consiguiente por otros valores e instituciones constitucionales?