Por Regina Martínez
JALAPA, Ver., 27 de octubre (APRO) El presidente de la directiva del Congreso local, Eduardo Andrade Sánchez, señaló que el órgano legislativo ya fue notificado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra la “Ley anti rumores”.
A mediados de este mes, la CNDH presento ante la SCJN un recurso contra la reforma al Código Penal del Estado que tipifica el delito de “perturbación del orden público”, por considerarlo violatorio a derechos constitucionales como la libertad de expresión y de tratados internacionales de los que nuestro país forma parte.
Luego de que el recurso fue admitido, el ministro Luis Cossío solicitó a las autoridades involucradas en esta reforma, como el Congreso local y el titular del Ejecutivo estatal, Javier Duarte, autor de la iniciativa, remitir a la Corte elementos de prueba que dieron como resultado la reforma penal local.
El legislador priísta, explicó que la notificación fue recibida desde el pasado martes 25 por lo noche y a partir de ahí empezaron a correr los 15 días hábiles para que la Legislatura local responda y, dijo, “estamos en eso” en este momento, es decir, recabando la información y los documentos solicitados por la Corte.
Sin embargo, dijo que, como presidente de la mesa directiva, “estoy haciendo consultas a la doctrina jurídica, a la jurisprudencia nacional e internacional y vamos a preparar una respuesta sosteniendo la constitucionalidad del tipo delictivo que se aprobó” –el pasado 20 de septiembre en sesión extraordinaria—
En este caso, señaló que la adición que se hizo al artículo 373 del Código Penal del estado, no solo se hizo para los “twitteros ni tampoco atenta contra la libertad de expresión”, como han argumentado algunos actores políticos, “sino la naturaleza del mensaje que puede propiciar perturbación en el orden público”.
“Eso es lo que se está tipificando”, subrayó al considerar que “no prosperara” la acción de inconstitucionalidad presentado por la CNDH ante la SCJN, “ya que la reforma es muy clara al definir los elementos del delito y nosotros creemos que son perfectamente constitucionales”.
Aun cuando, señaló respetar la actuación del organismos en este tema subrayó que, en este asunto, “la CNDH tiene sus argumentos y nosotros tenemos los nuestros”, pero finalmente será la Corte la instancia que resolverá si la reforma violenta o no derechos constitucionales.
Para el legislador priísta, el procedimiento de una controversia constitucional es “similar” a una demanda de tipo civil”, es decir, “alguien presenta una demanda y esto no quiere decir que tenga razón, pero decir que cree que la tiene demanda” y, en este caso en concreto, “lo que hizo el ministro de la corte fue recibir la demanda de la CNDH, que en este caso se refiere a una acción de inconstitucionalidad que recibe y la notifica a la contraparte”.
Por lo que, explicó, “una vez que hemos sido notificados de la demanda de la CNDH que piensa que esta norma es inconstitucional, nosotros contestamos como cualquier demandado, y una vez analizados nuestros argumentos los enviamos (al ministro ponente que solicito información a los diputados”.
En este caso, detalló que la SCJN solicitó al Congreso enviar información documentada sobre los antecedentes, exposición de motivos, el diario de los debates sobre la discusión que hubo en el Congreso el día de la aprobación de la reforma, y demás documentos relacionados que “son públicos”, como la Gaceta Oficial donde se publico el decreto.
“Vamos a mandar todo en un expediente”, dijo, para que el ministro ponente de la Corte elabore un proyecto y, según su criterio, “determine si es o no constitucional la reforma al mencionado artículo de la ley penal en el estado, proceso que podría llevarse varios meses”.
El 18 de octubre pasado, la CNDH presentó ante la SCJN la acción de inconstitucionalidad contra las reformas aprobadas en septiembre pasado por la mayoría en el Congreso local, mismas que considera que son contraria a derechos de legalidad, seguridad jurídica, exacta aplicación de la ley y a la libertad de expresión.
Con la aprobación de la reforma a la ley penal, a iniciativa del gobernador Duarte, en Veracruz fue creado este delito y para ello se aplicara de 1 a 4 años de cárcel a quien por “cualquier medio afirme falsamente” la existencia de aparatos explosivos, de ataques con armas de fuego o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causa daño a la salud, “ocasionado perturbación del orden público”.
Pero, el organismo consideró que la reforma a la ley penal del estado resulta contraria a los derechos de legalidad, seguridad jurídica, exacta aplicación de la ley penal y la libertad de expresión tuteladas en la Constitución General de la República, y en diversos tratados internacionales de los que México es parte.
La libertad de expresión es un derecho esencial del ser humano que contempla dos vertientes, es decir, “la expresión del pensamiento propio y el derecho de conocer las opiniones, relatos y noticias difundidas por los demás”.
Sobre todo, destaco la CNDH en el documento admitidos este mes porla Corte, “el derecho a la información se encuentra protegido en el ámbito internacional y al respecto la Suprema Corte de Justicia de la Nacional se ha pronunciado en diversos criterios jurisprudenciales”.